
La fracción III del
artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo establece que la resolución
definitiva dictada por la misma Secretaría no podrá ser recurrida por los
trabajadores; sin embargo, los trabajadores tienen la posibilidad de
interponer el juicio de amparo indirecto.
Volver al inicio de
la página

Este documento no establece obligaciones ni crea derechos distintos de los
contenidos en las disposiciones laborales y fiscales.
|